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Video: Calcula así el aguinaldo que debes dar

Apúrate y quítate pendientes, la fecha límite para dar la prestación es el 20 de diciembre

Quienes cuentan con un empleo formal, deben recibir el aguinaldo, retribución equivalente a un mínimo de 15 días de salario, a más tardar el 20 de diciembre de 2022.

¿Quiénes tienen derecho a la prestación?

Empleados y colaboradores que se desenvuelve fuera de la informalidad, como de:

  • Base
  • Planta,
  • Sindicalizados
  • Contratados de manera eventual
  • Comisionistas
  • Vendedores
  • Agentes
  • Personas sujetas a período de prueba
  • Personas sujetas a capacitación inicial
  • Trabajadores por temporada

¿Cómo calcular el aguinaldo para los empleados?

Para quienes llevan un año o más laborando dentro de la empresa:

Se deben contemplar 15 días de salario.

  • Para quienes llevan menos de un año:

Se realiza un cálculo proporcional a los días laborados.

  • Para empleados con sueldo fijo:

El cálculo se realiza con el salario diario.

  • Para quienes perciben un sueldo variable:

Se debe sacar un promedio de los ingresos percibidos durante los últimos 30 días trabajados.

  • Vendedores, agentes de venta y semejantes (trabajadores contratados bajo la Ley Federal del Trabajo LFT):

Se debe pagar tomando en cuenta el promedio del ingreso percibido el último año.

¿Y si el trabajador renuncia antes del 20 de diciembre?

Cuando esto ocurre, la persona debe recibir el aguinaldo conforme al tiempo que prestó servicio en la empresa o si fue por despido se da el aguinaldo con el finiquito.

Si el empleado fallece, su cónyuge e hijos menores de 25 años tienen derecho a percibir el pago de la prestación, ya que cuentan con presunción de dependencia económica.

A los empleados que reciben un monto mayor a 2 mil 606.40 pesos de aguinaldo se les descuenta el Impuesto Sobre la Renta (ISR).

Las empresas que no cubren la prestación antes de la fecha estipulada se hacen acreedoras a una multa, que puede ir de los 4 mil a los 450 mil pesos; los empleados que no la reciban o que no sea proporcional a la ley, pueden acudir a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) por asesoría.

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